viernes, 26 de octubre de 2007

Conviértete en el juez de la agresión racista

El ministro Bermejo ha allanado el camino a la judicatura hasta límites desconocidos. Nosotros lo hacemos aún más y te damos la posibilidad de convertirte en el juez instructor de la agresión racista del tren de Barcelona. Para ello debes responder a las siguientes preguntas y determinar si hubieras dejado en libertad o decretado prisión provisional para el acusado.

Hace unos días se dieron a conocer unas imágenes en las que Sergi Martín agredía a una menor ecuatoriana en un tren de los ferrocarriles de Cataluña. El juez ha decretado la libertad provisional del acusado hasta la celebración del juicio oral al descartar la posibilidad de fuga y al considerar que la víctima ha recibido las suficientes garantías de protección (éstas son las condiciones que recoge el artículo 503 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal para decretar prisión provisional, además de la posible destrucción y ocultación de pruebas, que no existe en este caso).

Imagen de la cárcel Modelo de Barcelona

RIESGO DE FUGA. La acusación en el caso de Sergi Martín observa la existencia de este riesgo en tres factores: la gravedad de la pena a la que el agresor tendría que hacer frente (hasta dos años de cárcel), la gran presión mediática y la falta de arraigo del imputado (por la falta de trabajo y la desaprobación de sus propios familiares tras los hechos).


El juez instructor ha decretado la libertad provisional del imputado al afirmar que no se dan los factores anteriores. Opina que la pena no es suficientemente grave y que, de hecho, el artículo 33 del Código Penal la califica como pena "menos grave". Por su parte, según el juez, la desaprobación familiar delata que su entorno sabe valorar y apreciar la convivencia, mientras que la situación de paro dificulta la huida. La posible influencia de la presión mediática no ha sido suficientemente acreditada por la acusación, según el auto que ha dictado el magistrado.


Ahora bien, ¿Crees que existe un evidente riesgo de fuga en función de los argumentos anteriores?


RIESGO DE REITERACIÓN DE ATAQUE A LA VÍCTIMA. El juez considera que la agresión se trata de "un hecho puntual", pues no existe una serie de agresiones continuadas en el tiempo. Por tanto, el magistrado ha optado por la adopción de otras medidas que considera suficientes para proteger a la víctima:


- La prohibición de acercarse a la víctima a menos de 1.000 metros.
- Cualquier tipo de contacto o comunicación personal con la denunciante.
- Prohibición de salir sin autorización de la Colonia Güell, de Santa Coloma de Cervelló y de Sant Boi.
- Prohibición del uso de los trenes de la línea S-8 de los Ferrocarriles de la Generalitat por la posible utilización de tal línea por la víctima.


¿Crees que estas medidas son suficientes para garantizar la seguridad de la menor ecuatoriana?


Si tus respuestas a estas preguntas descartan el riesgo de fuga y la existencia un peligro real para la víctima, tu resolución hubiera sido similar a la del juez de instrucción. En caso contrario, tu interpetación jurídica hubiera llevado a Sergi Martín entre rejas.


Los expertos consultados reflejan la discrepancia social existente en torno a este asunto. Algunos penalistas apoyan al juez de instrucción de Sant Boi, mientras que otros no ocultan su enfado: "La Justicia no puede transmitir sensación de impunidad". Un afamado penalista, que prefiere el anonimato, asegura que Sergi debería haber pasado algún tiempo en prisión, pues los jueces "siempre envían a la cárcel a quien les da la gana y nadie discute sus decisiones".

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